La Galerna
·27 septembre 2024
La Galerna
·27 septembre 2024
Anteayer tuvimos conocimiento de que algunos aficionados del Atlético de Madrid se concertaban en redes sociales para acudir a su estadio portando mascarillas para insultar racialmente a Vinicius Jr sin ser identificados (cobardes, además de racistas).
¿Qué caminos tiene el Real Madrid para denunciar este comportamiento deleznable?
1) Acudir a la vía administrativa:
La ley 15/2022 integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación, proscribe el trato discriminatorio (por razón de nacimiento, origen racial, etc.) en cualquier actividad deportiva.
El artículo 6 de la misma prohibe el acoso discriminatorio, entendido como cualquier conducta realizada [...] con el fin de atentar contra la dignidad de una persona o grupo en que se integra y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. Además se prohíbe la inducción (concreta, directa y eficaz) a la discriminación.
Estas infracciones se consideran muy graves y serán sancionadas con multa entre 40.001 y 500.000 euros (art. 48), atendiendo (entre otros aspectos) a la repercusión social de las infracciones (art. 49). Además se podrá imponer el cierre del establecimiento en que se haya producido la discriminación o el cese en la actividad del causante hasta 5 años (art. 50).
En este sentido, el 17/9/24, la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte acordó proponer una sanción muy grave de 60.001 € y prohibición de acceso a estadios por un periodo de 2 años a un aficionado que difundió reiteradamente numerosos insultos e imágenes racistas contra Vinicius Jr a través de su perfil en la red social X.
2) La vía penal:
Si los hechos discriminatorios sucedidos revisten de especial gravedad, atendiendo a:
Se podrían incardinar en el art. 510.2 C.P.:
La pena correspondiente es prisión de 6 meses a 2 años y multa 6-12 meses, siendo agravante (1-4 años de prisión y multa 6-12 meses) cuando se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos. Otro agravante es la difusión de expresiones racistas por medios de comunicación o internet (mitad superior de la pena) de modo que se hiciera accesible a un elevado número de personas.
Las denuncias de Vinicius Jr. Por insultos racistas recibidos durante el Valencia-Real Madrid de fecha 21/5/23 derivaron en condenas a tres aficionados del Valencia a 8 meses de prisión y prohibición de entrada en estadios durante 3 años. Primera condena por este tipo de comportamientos.
También ha sido condenado a 12 meses de prisión y prohibición de acceso a estadios de fútbol durante 3 años, a un individuo por proferir insultos racistas contra Vinicius Jr en el Mallorca-Real Madrid el 5/2/2023 y contra el jugador Samu Chukwueze, dos semanas después.
El Protocolo de Actuación sobre Incidentes de Público, fechado en 2005, incorporó recientemente el gesto arbitral de incidente racista (brazos en x al pecho) si el colegiado constata personalmente un comportamiento racista, o recibe información de algún futbolista o del Coordinador de Seguridad.
En ese momento se detendrá el partido momentáneamente para avisar por megafonía de que si no cesan los insultos racistas se suspenderá el mismo temporal o definitivamente.
Por todo lo expuesto anteriormente, entendemos que se puede interponer denuncia en vía administrativa y penal, por la gravedad y reincidencia de los hechos ocurridos. Sin perjuicio de las decisiones que tome el club, su entrenador y capitán según lo que ocurra durante el partido si no se respeta el protocolo contra el racismo.
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